Para solicitar el e-TAULER, es necesario:
1. Si eres un ente del sector público de la Generalitat:
Los responsables que quieran solicitar el alta en el e-TAULER deben dirigirse al Área de Atención Presencial y Calidad de la Dirección General de Atención Ciudadana: atenciopresencial.dgac@gencat.cat
2. Si NO eres un ente del sector público de la Generalitat:
Acceder al trámite que encontrarás, en EACAT Trámites > prestamista Consorcio AOC, Servicio CAOC – Solicitud de servicios > Trámite “Solicitud de alta y modificación de los servicios del AOC” .
Es importante que consideres:
- Que el formulario debe descargarse desde el ente que pide el servicio.
- Que para poder descargar el formulario de alta, es necesario que el gestor de usuarios de EACAT le haya asignado permisos del “servicio CAOC – Solicitud de Servicios” .
- Que, una vez cumplimentado y validado el formulario, será necesario firmarlo electrónicamente y enviarlo a través del botón “Enviar” del propio formulario oa través de EACAT Tràmits > Ventanilla de Registro .
- Si tienes que ceder el certificado de Sello Electrónico para el uso del servicio, consulte la FAQ ¿Cómo ceder al Consorcio AOC certificados de sello electrónico?
Nos dependientes
Los entes dependientes son entidades con personalidad jurídica propia, pero vinculadas a un ente principal o titular del servicio e-TAULER, en cuyo portal ciudadano quieren publicar sus anuncios en lugar de publicarlos en un portal propio.
El alta de los entes dependientes debe ser autorizada y solicitada por el responsable del e-TAULER del ente principal mediante el formulario de alta inicial o modificación posterior del servicio.
Los usuarios de los entes dependientes son dados de alta por el gestor de este ente en EACAT, que gestionan sus propios anuncios desde un entorno de gestión específico y propio del ente dependiente en cuestión. (v. Manual de usuario del e-TAULER , punto 4)
Recomendaciones para implantar el Tablero electrónico
1.- Aprobar la Ordenanza tipo reguladora de administración electrónica promovida por Localret.
2.- Regular el tablón electrónico mediante el decreto Regulación de la difusión de información de la administración municipal y tablón de edictos promovido por Localret.